La Refundación Farnesiana de la Orden (1698-1731):
Una Edad de Oro

Tapiz heráldico con las armas de los Farnesio como Grandes Maestres de la Orden Constantiniana
Tapiz heráldico con las armas de los Farnesio como Grandes Maestres de la Orden Constantiniana

La transmisión inter-dinástica del Gran Magisterio

Hacia finales del siglo XVII, la Casa Ángela se había reducido a un sólo superviviente varón, con lo que se planteaba encontrar una solución para asegurar la continuidad del Gran Magisterio de la Orden.

En la década de 1680 se propuso que la Orden fuese puesta bajo control de la ciudad de Ferrara, para desde allí contener las incursiones que pudiesen amenazar los Estados Pontificios, una sugerencia que no llegó a materializarse por falta de apoyos. Los Farnesio, Duques de Parma, presionaban ya por entonces a la Santa Sede, ofreciendo su apoyo a cambio del Gran Magisterio de la Orden, las negociaciones formales empezaron en torno a 1695. Finalmente Francisco I Farnesio, duque de Parma y el último de los Ángelos Flavios, Juan Andrés IX, acordaron la cesión del Gran Magisterio Constantiniano en 1698. Juan Andrea, que moriría sin sucesión en 1701, recibió una pensión y una residencia en Piacenza, dentro de los estados farnesianos, además de la dignidad de Prefecto de Piacenza (su partida de defunción fue publicada en la parroquia de San Marcos fue publicada por el Conde Emilio Nasalli Roca di Corneliano, «Ricordi dell’Ordine Costantiniano in Piacenza», Rivista Araldica, 1949, pp.21-22).

Juan Andrés II Angelo Flavio Comneno, último Gran Maestre de la Casa Ángela. Busto procedente de su sepulcro en Piacenza
Juan Andrés II Angelo Flavio Comneno, último Gran Maestre de la Casa Ángela. Busto procedente de su sepulcro en Piacenza

La cesión a los Farnesio fue reconocida por las letras patentes imperiales el 5 de agosto de 1699, Agnoscimus et notum facimus, y luego por la bula papal Sicerae Fidei, del 24 de octubre de 1699 (el texto completo de la Bula fue publicado por Fran Antonio Radente, Bolla di Clemente XI, Militantis Ecclesiae, e suo commento, Nápoles 1858).

Pintura que representa la transmisión del Gran Magisterio de la Orden porJuan Andrés II Angelo Flavio Comneno a Francisco Farnesio
Pintura que representa la transmisión del Gran Magisterio de la Orden porJuan Andrés II Angelo Flavio Comneno a Francisco Farnesio

En ambos casos quedaba manifiesto que la cesión se realizaba a favor del Jefe de la Casa Farnesio y no del Soberano de Parma. La bula papal establecía que el Gran Magisterio era transferido a Francisco Farnesio «ac tuis … natis … aliisque Familiae tuae Farnesiae … successoribus Parmae …. Ducibus pro tempore existentibus».

La gloria de la Casa Farnesio

Francisco Farnesio, Duque de Parma y Piacenza, XLIV (10º) Gran Maestre de la Orden Constantiniana
Francisco Farnesio, Duque de Parma y Piacenza, XLIV (10º) Gran Maestre de la Orden Constantiniana

Para los Farnesio, que habían alcanzado su ducado en 1545 tras la elección del papa Pablo III, padre del primer duque de Parma; la asunción del Gran Magisterio Constantiniano suponía un importante capital de prestigio dinástico. La reivindicación de considerarse a sí misma decana de las órdenes de caballería cristianas, a pesar de las reservas que esta cuestión podía suscitar, acordaba a la Orden un incuestionable realce. Igual que su vecino del norte, el duque de Saboya era Gran Maestre de la Religiosa y Militar Orden de San Mauricio y San Lázaro y de la antigua Orden de la Annunziata, o que al sur lo era el Gran Duque de Toscana de la Religiosa y Militar Orden de San Esteban; Francisco Farnesio obtenía a través el Gran Magisterio Constantiniano la posibilidad de gratificar a la nobleza de sus ducados, reforzando y estimulando su fidelidad a la Casa Ducal, al tiempo que le permitía imponer a ésta una estricta y casi monástica disciplina.

En 1714 la Casa Farnesio colmaba de gloria su reputación y poder con el matrimonio de la princesa Isabel, sobrina del duque Francisco (hija de su hermano mayor fallecido sin reinas, Edoardo Farnesio), con Felipe V de España.

El apoyo papal a la Orden fue mantenido durante todo el siglo XVII, con un Procurador General en Roma y el nombramiento de sucesivos Cardenales Protectores de la Orden: el cardenal de Massimi lo fue por el breve Cum sicut, del 27 de agosto de 1672, el cardenal Gaspero Cavelerio, nombrado el 14 de junio de 1687, y el cardenal Giovanni Francesco Albani, designado en 1690 por el papa Alejandro VIII. En 1701 Albani convertido en Papa como Clemente XI, instituyó de forma permanente la figura del Cardenal Protector de la Orden, por el breve Cum Religio, seu Militia Angelica, Aureata Constantiniana sub titulo Sancti Georgii, del 1 de abril de ese mismo año. Poco después, a través de otro breve confirmaba la sucesión a favor de los Farnesio, censurando las pretensiones de Gustavo Samuel Leopoldo de Baviera, duque de Zweibrücken. El apoyo de Clemente XI a la Orden y a su Gran Maestre caracterizó el resto de su pontificado, acordando a la Sacra Milicia importantes privilegios. El mismo breve por el que se «asignaba» el título de Gran Maestre a Francisco Farnesio, duque de Parma, y a sus herederos, le investía como «Administrador perpetuo» de la Orden en nombre de la Santa Sede.

Giovanni Francesco Albani fue uno de los primeros Cardenales-Protectores de la Orden Constantiniana. En 1701 se convirtió en Papa con el nombre de Clemente XI. Favoreció a la Orden con importantes privilegios y fijó la sucesión en el Gran Magisterio en la descendencia primogénita masculina de los Farnesio
Giovanni Francesco Albani fue uno de los primeros Cardenales-Protectores de la Orden Constantiniana. En 1701 se convirtió en Papa con el nombre de Clemente XI. Favoreció a la Orden con importantes privilegios y fijó la sucesión en el Gran Magisterio en la descendencia primogénita masculina de los Farnesio

La refundación de la Orden: los estatutos de Francisco Farnesio (1705)

Caballero de justicia
Caballero de justicia
Caballero de Oficio
Caballero de Oficio

El 25 de mayo de 1705 Francisco Farnesio sancionó unos nuevos estatutos para la Orden, en los que se la designaba como «Sacra Imperial Caballeresca Orden e Ilustre, Angélica y Constantiniana Religión» (Statutti dell’Ordine Costantiniano-Francesco Farnese, ed. Napoli, 1785). Se confirmaba también la sucesión del Gran Magisterio en la primogenitura de los herederos de los Farnesio.

Se establecía un Senado de la Orden compuesto por 50 caballeros Grandes Cruces condecorados con el colllar de oro (los 50 senadores recordaban al número de caballeros que según la tradición conformaban la Guardia del Lábaro instituida por Constantino) con derecho a llevar el collar de oro y la obligación de probar nobleza; un número ilimitado de caballeros de Justicia que debían presentar idénticas pruebas; caballeros «Donados» que, nobles o no, ingresaban por méritos propios; caballeros sacerdotes o capellanes; caballeros soldados o «de Gracia»; y, por último caballeros sirvientes o «Escuderos». Se ponía un singular acento en el «Mérito», estableciendo que tanto los caballeros de gracia, como todos los que pertenecían a grados superiores, podían, por méritos propios acceder al más alto grado de la Orden conviertiéndose en Grandes Cruces (se observará que no existía distinción entre los Grandes Cruces de la Orden según su nacimiento); por otro lado la indumentaria de los caballeros de Justicia en nada se distinguía de la de los caballeros Donados.

Todos los caballeros estaban obligados a pasar al menos un año, aunque preferiblemente dos, en residencia en el Colegio de la Orden, preparándose en el manejo de las armas y el servicio militar. Al alcanzar la mayoría de edad, los caballeros eran invitados a hacer profesión de fe en una elaborada y solemnísima ceremonia en la que se les requerían votos de Obediencia, Caridad y Castidad (este último voto se entendía como un compromiso de fidelidad conyugal en el caso de los caballeros que contrajesen matrimonio).

Se preveía una provisión para que los caballeros pudiesen dotar a su familia, a través de un jus patronatus o Encomienda, del que los descendientes varones del fundador podían ser titulares para su disfrute vitalicio tras ser recibidos en la Orden. En el caso de que el titular  de la Encomienda no tuviese descendencia masculina, esta revertía a la Orden y podía ser conferida como Encomienda de Justicia o de Gracia.

Se exigía a los caballeros también rendir «al Gran Maestre, como a su Supremo Director y Gobernador […] cordial y total obediencia, especialmente en aquello que requerían los Estatutos de la Orden». Estos estatutos fueron confirmados por el papa Clemente XI por breve apostólico del 12 de julio de 1706 y fueron la base de todos los estatutos posteriores. El período del Gran Magisterio Farnesiano, iniciado en 1699, dio a la Orden una plena autonomía como institución privada, familiar y hereditaria en la familia Farnesio y sus herederos, independientemente de cualquier otra institución temporal.

La sede magistral de la Orden fue establecida en Parma y la iglesia de la Stecccata se convirtió en sede conventual (aún hoy pueden apreciarse en el precioso templo parmesano numerosas referencias a la Orden Constantiniana).

Ritual de Cruzamiento de los Caballeros Constantinianos-PARMA-1718
Ritual de Cruzamiento de los Caballeros Constantinianos-PARMA-1718
Formula de Juramento de los Caballeros Constantinianos-PARMA-1718
Formula de Juramento de los Caballeros Constantinianos-PARMA-1718

El Regimiento Constantiniano contra los Turcos en Dalmacia. 1717

Francisco Farnesio, inspirado por el legado de la tradición caballeresca, decidió unirse a la Santa Liga en su campaña para expulsar de los Balcanes a los ejércitos del Sultán Otomano, Achmed III. La primera contribución de Francisco fue la leva de una compañía de cerca de 200 hombres, los cuales abandonaron Parma el 22 de agosto de 1715.

Retrato de un Caballero Constantiniano desconocido, oficial del regimiento constantiniano que combatió a los turcos en Croacia
Retrato de un Caballero Constantiniano desconocido, oficial del regimiento constantiniano que combatió a los turcos en Croacia

Dieciocho meses más tarde el Duque y Gran Maestre enviaba un regimiento de la Orden Constantiniana unirse a aquellas tropas: el «Imperial Regimiento de Caballeros Constantinianos de San Jorge», formado por 2.000 hombres entre oficiales y tropa. El regimiento Constantiniano debía incorporarse a las fuerzas del príncipe Eugenio de Saboya el 28 de mayo de 1717, bajo el mando de su coronel bailío, conde Federico Dal Verme (1681-1769). Los principales oficiales, 10 en total, recibieron cada uno la cruz constantinana de manos del conde Ignazio Rocca, en nombre del Gran Maestre.

A pesar de que los caballeros y el resto de soldados del regimiento se distinguieron por su valentía, la campaña no se coronó de éxito.

[Una historia detallada de esta campaña en la obra del Conde Emilio Nasalli Rocca di Corneliano, Il Sacro Militare Ordine Costantiniano di San Giorgio, Nápoles, 1966 [«Il Reggimento Costantiniano in Dalmatia»].

La Bula Militantis Ecclesiae, 1718: la institución pontificia de la Sucesión en el Gran Magisterio a través de la Primogenitura Farnesiana

Bula Militantis Ecclesiae-1718
Relicario de San Jorge-Detalle con el Escudo de los Farnesio Grandes Maestres

Con todo, el Papa mostró su agradecimiento a la Orden concediéndole nuevos privilegios con la bula Militantis Ecclesiae (27 de mayo de 1718). La bula se refería a la Orden como una Milicia Religiosa de la Iglesia, confirmaba de nuevo los estatutos de 1705 y el Gran Magisterio de Francisco Farnesio, haciéndo especial hincapié en la sucesión dinástica por la línea primogénita masculina que subsiguiese al duque Francisco, de forma perpetua. Como Orden de la Iglesia, permanecía en última instancia bajo la jurisdicción de la santa Sede, los Grandes Maestres gozando de la condición de «Administradores perpetuos», razones que explican la supervivencia de la Orden a la unificación italiana de 1860, a diferencia de lo que sucedería con otras órdenes dinásticas de los antiguos principados italianos.

La Iglesia Conventual de la Steccata fue eximida de la jurisdicción episcopal o de cualquier otro ordinario local (exención luego extendida a la sede napolitana  de la Orden, la iglesia de San Antonio Abad, en 1777). Los privilegios del Gran Prior y de los caballeros-capellanes fueron aumentados a través de sendos breves apostólicos publicados en 1723 y 1725. Por el breve In Apostolicae dignitatis fastigo, del 3 de julio de 1725, el papa Inocencio XIII concedía al Gran Prior de la Orden Constantiniana el insigne privilegio de ordenar sacerdotes.

 

BULA-Militantis Ecclesiae-1718